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Las 31 alegaciones de Munizipalistok a la decisión municipal de aceptación y apoyo público a un Plan Privado Mercantil como la Ampliación de Mendizorroza. Apoyo público al deporte infantil, escolar, femenino, de diversidad funcional, de mayores, de ocio deportivo ciudadano, esto es «Vitoria ciudad deportiva»

19 agosto, 2019 munizipalistok

Ya hemos publicado el texto integro de las alegaciones presentadas por Munizipalistok a la pretensión municipal de aceptación y apoyo a una propuesta de parte, privada, con afectaciones públicas muy relevantes y que tiene un componente mercantil no ligado a la dinámica de lo que debe ser una política municipal de Deportes para la Ciudad -dedicar los fondos públicos a equipar y promocionar el deporte que realmente practica los y las ciudadanas y tiene mas necesidades y menos recursos privados a disposición.

Desde Municipalistok entendemos que este proyecto, ni es un proyecto de ciudad, ni es un proyecto de apoyo al Deporte para todos y todas, y, que en consecuencia, no se puede admitir ni la subvención pública, ni el apoyo de la Institución Municipal tal como está -lógicamente si un agente privado quiere redimensionar su espacio que lo busque y financie sin afectar las arcas públicas ni a los espacios donde no se pueda colisionar con los del ocio y/o deporte de la ciudadanía-, pero que no pretenda que el dinero que es de todos y todas se dedique a una iniciativa de una parte de la ciudadanía y con un importante componente de negocio mercantil.

Para su uso más dinámico publicamos y adjuntamos las 31 alegaciones que hemos presentado al actual proyecto y a su plazo de alegaciones…

» Resumen con las Alegaciones:

I.- Impugnamos los argumentos para ampliar el campo de futbol de Mendizorroza y modificar el PGOU por vía extraordinaria por basarse en afirmaciones sin respaldo o en datos parciales o falsos, como documentamos en los siguientes apartados.

Cualquier análisis que realice una administración pública para modificar un PGOU debe ser riguroso e independiente, contrastando y sopesando todos los datos, no utilizando únicamente los positivos o los del periodo que interesa a la empresa que solicita la modificación.

Para ello se deben realizar estudios técnicos por el personal municipal que corresponda, estudios que no consta que existan o al menos no se han hecho públicos para poder ser conocidos y contrastados.

II.- Cualquier estudio o presupuesto debería separar las justificaciones y los costos de cada uno de esos tres aspectos (Consolidación Estructural, Ampliación, Mejora), dado que puede ser conveniente ejecutar (o posible financieramente abordar) parte de ellos pero no todos.

Las posibles mejoras de seguridad, accesibilidad y el lógico mantenimiento de las instalaciones lúdico-deportivas existente no precisan modificar la ordenación prevista en el PGOU actualmente vigente ni ampliar el estadio.

Si no hay datos que avalen la necesidad ni urgencia de la ampliación o la modificación estructural, el negocio de una empresa privada en terrenos e inmuebles públicos no justifica la aportación de fondos públicos ni una modificación del PGOU.

III.- Respecto a los “problemas” que justificarían la ampliación del estadio y la modificación por vía extraordinaria del PGOU, alegamos que:

  • se presentan bastantes problemas ficticios y/o sobredimensionados. En el documento desmontamos con datos dichos argumentos.

las necesidades o problemas que sí son reales y razonables pueden solucionarse con mucho menos de 54 millones de €, y, por supuesto, sin necesidad de ampliar el estadio ni modificar el PGOU.

IV.- Igualmente visibilizamos que falta un informe técnico municipal que analice los problemas de todos los equipamientos deportivos de la ciudad (no sólo los del campo de fútbol de Mendizorroza) y priorice las necesidades y los recursos disponibles.

Entendemos que son prioritarias las necesidades de las infraestructuras públicas y de gestión pública (recordemos que el estadio de Mendizorroza es público al servicio y a la medida de una empresa privada). Y esas necesidades ni se citan ni se analizan en la consulta a la hora de presentar como urgente e inaplazable la propuesta del Deportivo Alavés S.A.D.

Mendizorroza no es el equipamiento deportivo más utilizado de la ciudad, ni el utilizado por más personas, ni más tiempo, ni más intensivamente.

La intención global que justifica la propuesta de modificación del Plan General de Ordenación Urbana se basa en la necesidad de intervención en el actual estadio. Los criterios fundamentales que se tienen en cuenta para desarrollar el nuevo diseño del mismo son:

V.- Argumentamos que:

  • No se ofrece ningún informe técnico que justifique intervenciones en el actual estadio que impliquen ampliación del mismo o modificación por vía extraordinaria del PGOU.

Las intervenciones que podrían adivinarse como  razonables (ascensores, accesibilidad,…) NO precisan ni ampliación del estadio ni modificación por vía extraordinaria del PGOU.

La consolidación estructural del actual estadio.

VI.- No hay ningún informe técnico que identifique defectos estructurales que precisen una gran obra de consolidación que implique ampliar el estadio o modificar por vía extraordinaria el PGOU.

El cumplimiento de las normativas vigentes, fundamentalmente en materia de seguridad y accesibilidad, así como en el resto de aspectos sectoriales que resultan exigibles para la disputa de partidos oficial de la 1″ División.

VII.- No se ofrece ningún informe técnico que detalle qué normativa de obligado cumplimiento exige obras que necesariamente impliquen ampliar el estadio o modificar por vía extraordinaria el PGOU.

– La ampliación del estadio, aumentando el aforo en cifras razonables, que posibiliten a una respuesta adecuada en el medio largo y largo plazo a la cada vez mayor demanda

VIII.- El aforo tiene cifras razonables y los datos que hemos aportado indican que no precisa ser ampliado.

Hemos aportado datos que de que la demanda no va a crecer significativamente y datos que corrigen los aportados por el Alavés.

La creación de espacios vinculados al uso principal, de los que actualmente se carece y que resultan imprescindibles.

IX.- No hay detalle ni justificación de esos nuevos usos y espacios en una infraestructura pública municipal dedicada al deporte.

Los que se apuntan hasta el momento tienen que ver con el negocio privado y el lucro empresarial e implican servicios VIP y no servicios públicos a la ciudadanía.

Crear este tipo de servicios es espacios y con dinero público cuando hay un déficit de mantenimiento y reparación en muchos equipamientos deportivos municipales no tiene justificación.

La mejora del confort del estadio y de la segmentación de la oferta.

X.- «La segmentación de la oferta» es un eufemismo para «servicios VIP y de lujo», que no deben ser ofertados en espacios públicos municipales ni financiados con fondos públicos.

Diseñar una nueva cubierta para la totalidad de asientos suprimiendo los pilares actuales que dificultan la visibilidad.

XI.- No es una necesidad ni una urgencia que justifique ampliar el estadio ni modificar por vía extraordinaria el PGOU. Puede realizarse un proyecto y un presupuesto y esperar a la modificación ordinaria del PGOU, que está en curso.

Crear un espacio comercial integrado en el edificio, vinculado al uso principal del recinto, pero con acceso y uso independiente del estadio.

XII.- Dentro de una parcela destinada a equipamientos y servicios deportivos no puede instalarse un centro comercial de gestión privada. «Con acceso y uso independiente» implica que será un centro comercial adosado al estadio. No existe esa necesidad. No encaja ese uso en una manzana de equipamientos y servicios deportivos. Ni puede modificarse así el PGOU para privilegiar a una empresa. Si una empresa quiere poner un centro comercial cerca de Mendizorroza, que lo haga en parcelas vecinas aptas para ese uso y pagándolo ella, no con fondos públicos. Tampoco puede hacerlo de forma privilegiada (a dedo y modificándole a medida el PGOU) sin competir con las ofertas que pudieran presentar otras empresas.

Mejorar la dotación de plazas para personas con movilidad reducida

XIII.- Esto puede realizarse a bajo costo sin necesidad de ampliar el estadio ni de modificar el PGOU por vía extraordinaria.

Mejorar y segregar los accesos y circulaciones por tipo de público, jugadores, prensa, autoridades

XIV.- Esto puede realizarse a bajo costo sin necesidad de ampliar el estadio ni de modificar el PGOU por vía extraordinaria.

Crear un aparcamiento para las necesidades operativas del estadio

XV.- Hay posibilidades, ya usándose, de acceso especial al estadio para diferente tipo de vehículos.

Si hubiese más necesidades (necesidades, no lujos o comodidades VIP), pueden estudiarse soluciones sin necesidad de ampliar el estadio ni de modificar por vía extraordinaria el PGOU.

Cumplir, en líneas generales, los requisitos de estadios categoría 4 de UEFA

XVI.- Argumentamos por qué no es necesario tener un estadio de categoría 4 de la UEFA en una población del tamaño de Vitoria-Gasteiz. Menos aún habiendo ya estadios de esa categoría en Bilbao y Donostia-San Sebastián.

Es antieconómico y un lujo que no nos podemos permitir, más cuando hay multitud de necesidades por cubrir en los equipamientos deportivos municipales y de base.

Mantener y ampliar las actuales oficinas de las Federaciones Vascas

XVII.- Esto es un argumento “de relleno” y para quedar bien. Si las Federaciones Vascas necesitasen más espacio (afirmación que no está soportada por ningún informe técnico) hay opciones en el campo de fútbol, en los frontones y/o en otros espacios municipales disponibles, sin necesidad de ampliar el estadio o modificar por vía extraordinaria el PGOU.

Estos motivos también justifican de forma general el fundamento del documento, que afecta en su totalidad a un suelo urbano de actuación directa y en concreto a aquellas edificaciones y espacios incluidos dentro del ámbito conocido como Mendizorrotza..

XVIII.-El plan presentado sí tiene diversas afectaciones al menos a las piscinas municipales, a la vía urbana y puede que a terceros.

Hace falta un estudio técnico (hacerlo o publicarlo, si existe) de las afectaciones previstas (adelantamos algunas previsibles), del costo que tendrán, de qué medidas compensatorias se van a tomar y de quién asumirá ese costo.

XIX.- Ya hemos alegado y argumentado que la ampliación del estadio ni es urgente ni precisa una modificación del PGOU por vía extraordinaria

XX.- Aprobar un plan como el propuesto, con el compromiso de financiamiento que demanda, necesariamente restará presupuesto para el resto de las instalaciones deportivas municipales, que arrastran diversos problemas debido a una supuesta escasez de recursos presupuestarios que para la empresa Deportivo Alavés S.A.D. parece no existir.

Ya hemos indicado que es imprescindible contar con un informe técnico municipal que analice los problemas de todos los equipamientos deportivos de la ciudad (no sólo los del campo de fútbol de Mendizorroza) y priorice las necesidades y los recursos disponibles. Mendizorroza no es el equipamiento deportivo más utilizado de la ciudad, ni el utilizado por más personas, ni más tiempo, ni más intensivamente, y no deja de ser una infraestructura pública al servicio y a la medida de una empresa privada.

XXI.- Que se elaboren y publiquen los informes técnicos que correspondan de las áreas municipales competentes (al menos deportes, urbanismo, servicios jurídicos, patrimonio,…)

XXII.- No se cumplen los objetivos indicados. En realidad, se desequilibra, en favor de una empresa privada de fútbol, toda la zona de Mendizorroza, el entorno y los equipamientos existentes, tanto deportivos como no deportivos.

Hay otras alternativas, que no se han considerado ni estudiado, para cubrir los objetivos declarados.

XXIII.- Pedimos ampliar el plazo hasta el 31 de octubre, de forma que la ciudadanía, organizaciones y asociaciones, tengan la oportunidad durante septiembre y octubre de reunirse y elaborar sus aportaciones.

XXIV.- La cesión de uso a la empresa Deportivo Alavés, S.A.D., debe realizarse en condiciones equivalentes a otras cesiones de uso a otras empresas (el Alavés no una entidad sin ánimo de lucro sino una S.A.), incluyendo el precio, tasa o compensación económica que corresponda. No hay razones objetivas ni de interés público que justifiquen un trato de favor a esta S.A.D.

XXV.- Construir y ceder en terrenos e infraestructuras públicas un centro de negocios y un centro comercial para que lo gestione “a dedo” y en condiciones privilegiadas el Deportivo Alavés, S.A.D. puede suponer una competencia desleal para otros centros de negocios, centros comerciales, parques empresariales… del entorno e incluso para el propio Ayuntamiento, que tiene su palacio de congresos y otras infraestructuras relacionadas.

XXVI.- Cualquier cesión de uso de las instalaciones municipales del estadio de Mendizorroza nunca debe ser absoluta y en exclusividad, como viene siendo desde hace muchos años. El Ayuntamiento debe reservarse la utilización y el aprovechamiento de las mismas siempre que no interfiera con la actividad deportiva principal (actividad deportiva, no de otros negocios).

Otros acuerdos de uso de infraestructuras deportivas a equipos de fútbol son más beneficiosos para el interés general y la institución pública que el que se plantea para Vitoria-Gasteiz y el Alavés. Un modelo a contemplar sería el del convenio del Osasuna con el Gobierno de Navarra y otros similares que se puedan considerar, siempre que salvaguarden el interés y el uso público de las infraestructuras.

Debe realizarse un estudio técnico profundo de otros modelos y experiencias de gestión antes de establecer las condiciones que vayan a regir el que se quiere renovar o establecer ahora.

XXVII.- Debe haber un informe actualizado sobre la empresa adjudicataria que incluya el estado actual y detallado de sus deudas, su estado económico y patrimonial,…

Este informe para poder tomar una decisión informada tanto política como en el debate público, debe incluir cuánto dinero público ha recibido y recibe directa e indirectamente en los últimos años. Si resultase ser de hecho una “empresa pública”, por estar sostenida fundamentalmente por fondos públicos, tal vez se podría pensar en otras alternativas.

De cara a la consulta pública sólo con esa información podremos decidir si ya ha recibido y recibe suficiente y si la ciudadanía quiere o no quiere este nuevo “apoyo” a una empresa con accionistas. O si, por el contrario, prefiere impulsar de otra forma al fútbol o al deporte en la ciudad.

XXVIII.- En el acuerdo o contrato de cesión deberían incluirse (la ley de contratos y la de subvenciones lo permiten) cláusulas laborales, sociales, medioambientales, de igualdad de género, etc. que aseguren que la empresa beneficiaria cumple con unos estándares mínimos no sólo legales o laborales sino también de modelo de gestión, vinculados a los que tiene establecidos el propio ayuntamiento, que es el propietario y quien hace una cesión muy generosa de la infraestructura.

XXIX.- Solicitamos que se consideren estas (Mendizabala, terrenos detrás del IVEF, Escalmendi, Complejo deportivo de Gamarra) y otras posibles alternativas, que satisfacen todos los objetivos e intereses de los diferentes agentes.

Debe realizarse un estudio comparativo de costos, beneficios, afectaciones, modelos de gestión, legalidad,.. de las distintas opciones.

Con esta información y datos pueden tomarse decisiones, tanto políticas como de apoyo o rechazo ciudadano. No es de recibo aceptar sin más estudio ni comparación la propuesta de una empresa privada para inversiones e infraestructuras públicas de gran envergadura.

XXX.- Que se estudie el costo de ampliar y reformar únicamente las partes netamente deportivas del campo de fútbol, sin ampliar su dimensión ni afectar a las instalaciones deportivas colindantes.

XXXI.- Deben analizarse otras opciones y modelos ya realizados en otras ciudades, algunas tan próximas como Pamplona.»

Este Documento/Resumen se puede descargar aquí.

La foto de portada tomada de El Correo en

https://www.elcorreo.com/alava/araba/ayuntamiento-vitoria-recuperara-20180625125015-nt.html

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2 respuestas a “Las 31 alegaciones de Munizipalistok a la decisión municipal de aceptación y apoyo público a un Plan Privado Mercantil como la Ampliación de Mendizorroza. Apoyo público al deporte infantil, escolar, femenino, de diversidad funcional, de mayores, de ocio deportivo ciudadano, esto es «Vitoria ciudad deportiva»”

  1. Elena dice:

    Apoyo las alegaciones presentadas por esta plataforma en contra de la reforma y ampliación prevista de Mendizorrotza, ¿se recorgen firmas al respecto?, por que quisiera aportar la mía,
    Muchas gracias

    • Munizipalistok dice:

      Gracias a tí por el comentario y la aportación. Bueno, en efecto, no lo tenemos a punto y estamos viendo como poderlo hacer. Si te parece en cuanto lo resolvamos te avisamos para la firma, y, dado que desde luego vamos a seguir con la campaña y nuevas acciones y demandas, te vamos informando de lo que vayamos a hacer si te quieres sumar, apoyar, dar ideas, etc… Un saludo.. y de nuevo gracias, la ciudadanía nos merecemos otra política pública municipal de deporte para todos y todas y no de apoyo a una parte del deporte privado además siempre financiado ya por otros medios

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  • Elena dice:

    Apoyo las alegaciones presentadas por esta plataforma en contra de la reforma y ampliación prevista de Mendizorrotza, ¿se recorgen firmas al respecto?, por que quisiera aportar la mía,
    Muchas gracias

    • Munizipalistok dice:

      Gracias a tí por el comentario y la aportación. Bueno, en efecto, no lo tenemos a punto y estamos viendo como poderlo hacer. Si te parece en cuanto lo resolvamos te avisamos para la firma, y, dado que desde luego vamos a seguir con la campaña y nuevas acciones y demandas, te vamos informando de lo que vayamos a hacer si te quieres sumar, apoyar, dar ideas, etc… Un saludo.. y de nuevo gracias, la ciudadanía nos merecemos otra política pública municipal de deporte para todos y todas y no de apoyo a una parte del deporte privado además siempre financiado ya por otros medios